Unidad de Acceso a la Información
¡El derecho es tuyo, el beneficio es de todos!
Información Pública
Es un derecho humano derivado de la libertad de pensamiento y expresión.
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Ley de Acceso a la Información Pública
¡Ley de acceso ya es un hecho!
La presente ley tiene como objeto garantizar el derecho de acceso de toda persona a la información pública, a fin de contribuir con la transparencia de las actuaciones de las instituciones del Estado. Derecho de acceso a la información pública. Art. 1.
Toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información generada, administrada o en poder de las instituciones públicas y demás entes obligados de manera oportuna y veraz, sin sustentar interés o motivación alguna. Art. 2.
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Reglamento de Ley de Acceso a la Información Pública
¡Ley de acceso ya es un hecho!
Las disposiciones comprendidas en el presente Reglamento tienen por objeto desarrollar y asegurar la aplicación de las normas establecidas en la Ley de Acceso a la Información Pública, a efecto que se cumpla con sus objetivos. Art. 1.
Además de las definiciones contenidas en la Ley de Acceso a la Información Pública, para los efectos del presente Reglamento se entenderá por:
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